La cuota por Copia Privada o Canon Digital es un instrumento que fue pensado para los mercados de fines del siglo pasado, que parte de la suposición de que todos los mexicanos son piratas.
El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), lamenta la intención de la Comisión de Economía del Senado de la República para votar un dictamen por el que propone aprobar una iniciativa con la que se pretende imponer una nueva contribución a los mexicanos, a través de un instrumento que referido como la “remuneración compensatoria”.
Se trata de una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, con el pretendido objeto de establecer un mecanismo por el que los fabricantes o importadores de aparatos, dispositivos, soportes tecnológicos o cualquier otro que permita la copia o reproducción sonora, visual o audiovisual de sus obras conocidas o por conocerse “paguen” una cuota, cuyo monto variará según el tipo de dispositivo de que se trate, partiendo de la suposición de que todos los que en algún momento hemos comprado o compraremos un aparato o dispositivo con esas características los utilizaremos para hacer copias pirata de las obras de dichos autores.
De aprobarse esta propuesta, por la fabricación o importación de cualquier celular o teléfono móvil, tableta, computadora, consola de video juegos, unidades de disco duro externo, unidades de memoria tipo USB, decodificadores con capacidad de grabación y almacenamiento de memoria de los proveedores de TV restringida, pantallas planas con capacidad de almacenamiento, impresoras, y tantos otros equipos que hoy en día son fabricados con capacidad de almacenamiento, los senadores pretenden que los fabricantes o importadores de los mismos paguen y absorban como parte de sus costos la nueva contribución llamada remuneración compensatoria.
Se trata de un mecanismo que fue introducido en el marco legal de varios países antes de que concluyera el siglo pasado, cuando el consumo de contenidos audiovisuales ocurría de una manera muy distinta a la que la tecnología permite hoy en día. La idea de imponer a los mexicanos una carga económica basada en una conceptualización del consumo de contenidos audiovisuales obsoleta, resulta inadmisible, porque provoca efectos negativos sobre el bienestar de los hogares y se traduce en un nuevo obstáculo para el objetivo de impulsar la conectividad en nuestro país.
Esta es una propuesta legislativa que la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM) impulsó en la Cámara de Diputados, y que fue rechazada de manera abrumadora por el Pleno de esa cámara.
Por lo anterior, el IDET manifiesta su profunda preocupación por la potencial aprobación de esta propuesta legislativa, sin una discusión abierta a la sociedad, a partir de argumentos que solo reflejan una visión, sin que se haya buscado propiciar un debate amplio con todos los sectores que pueden tener algo que expresar en torno al tema.
Implicaciones Económicas de la Iniciativa
La Iniciativa carece de un dato fundamental: ¿cuántos mexicanos hacen un uso abusivo de la copia privada, es decir, ¿cuántos mexicanos hacen más de una copia de un contenido? Sin esa estadística no se cuenta con un sustento firme, al tratarse meramente de afirmaciones dogmáticas y con un interés económico manifiesto que incidirá negativamente en los bolsillos de la población, especialmente aquella más desfavorecida.
Existen diversos estudios a nivel internacional que demuestran que la copia privada es cada menos realizada entre los usuarios de servicios de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Por lo que la Iniciativa resulta innecesaria y arbitraria, ante la posibilidad de acceder a contenidos por internet (streaming).
Los dispositivos de conectividad han propiciado que los usuarios incurran cada vez menos en la generación de copias privadas, puesto que permiten el acceso a más contenidos de forma, al habilitar su consumo digital. A su vez, el streaming modificó los hábitos de consumo, aumentó el pago de las licencias digitales y causó una disminución significativa de la copia digital en los equipos tecnológicos.
De forma inocente, se supone que los actores que asumirán el pago de esta compensación serán los fabricantes o importadores de los equipos, soportes o dispositivos propicios para el almacenamiento y reproducción de obras y que por ningún motivo podrá trasladarse a los precios que pagan los consumidores finales de estos productos. No obstante, será imposible evitar que los fabricantes o importadores incrementen sus precios y vincular estos aumentos con el pago de la remuneración compensatoria. Pensar que dispositivos como el iPhone no puedan incrementar su costo es obviar las reglas con las que opera el mercado, que están vinculadas con el costo de proveer el inventario en cada país.
Para el IDET no hay duda que las cuotas por Copia Privada serán trasladadas a los precios de los equipos.
El aumento en el precio en un contexto de postpandemia, crisis económica y mayor inflación generará necesariamente una disminución en la adquisición de dispositivos sobre todo en la población con menores ingresos del país. La afectación es transversal no sólo a fabricantes y comercializadores de medios de soporte, dispositivos de almacenamiento y acceso a contenidos audiovisuales, sino también a todas aquellas empresas que hacen uso de estos. Así también, se impacta de manera indirecta la provisión de servicios de telecomunicaciones, educación, seguridad, banca digital, entre otros.
En este sentido, la Iniciativa incide negativamente en la brecha digital, ya que impacta en los dispositivos que habilitan el acceso a la conectividad, ya que, al establecer gravámenes sobre estos equipos, se priva a un gran número de individuos de acceder a tecnologías, un derecho consagrado en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De acuerdo con estimaciones econométricas, los consumidores en México tendrán que pagar, en su conjunto, entre $3.8 y $5.6 mil millones de pesos (mmp) anuales más por el sobreprecio que generará el canon por la adquisición de smartphones. Asimismo, tendrá lugar una reducción de entre $4.0 y $5.9 mmp en los ingresos anuales por la venta de estos equipos. Mientras que las pérdidas en el Bienestar del Consumidor ascenderán a un rango de entre $48 y $109 millones de pesos, al no obtener los beneficios de los equipos que se generarían por su tenencia.
Inconstitucionalidad y Contradicciones de la Iniciativa
Además de resultar contradictoria a la letra del artículo 6º Constitucional, la Iniciativa contraviene el principio constitucional de la presunción de inocencia y propone el supuesto de que por el hecho de que un individuo posea uno de estos dispositivos, este quebranta las disposiciones legales sobre derechos de autor y propiedad intelectual al consumir contenido de forma ilícita.
Por otra parte, el Congreso de la Unión carece de facultades para imponer obligaciones de pago entre particulares a través de normas generales. El legislativo sólo puede imponer contribuciones; es decir: impuestos, derechos, aprovechamientos o contribuciones de mejoras.
Por todo lo anterior, el IDET hace votos para que en el Senado prevalezca el objetivo de velar por el bienestar de todos los mexicanos.
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